Se prorroga el plazo de la presentación y pago de la declaración jurada del impuesto a las ganancias y/o sobre los bienes personales correspondiente al período fiscal 2015 para las personas físicas y sucesiones indivisas que deben presentar la declaración jurada durante el mes de mayo. Asimismo, la prórroga alcanza al impuesto a las ganancias de sociedades, empresas o explotaciones unipersonales, fideicomisos y otros, con cierre de ejercicio en diciembre de 2015. Las nuevas fechas de vencimiento son las siguientes: * Personas físicas. Ganancias y bienes personales
* Ganancias sociedades
Recordamos que recientemente la AFIP puso a disposición la versión 13.0 del aplicativo Ganancias - Personas Jurídicas, cuyas características hemos detallado oportunamente por este mismo medio. Dicha versión aún no ha sido aprobada por resolución general. De establecerse su utilización obligatoria, lo informaremos por nuestros canales habituales. |
lunes, 9 de mayo de 2016
PRÓRROGA PARA PERSONAS FÍSICAS Y GANANCIAS SOCIEDADES
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