Considerando que en el nuevo plan de pagos -RG (AFIP) 3806- no es causal de
caducidad la disminución de la plantilla de empleados durante la vigencia del
mismo,
¿se pueden reformular los planes de pago vigentes y beneficiarse con las
condiciones del nuevo plan?
De la lectura de la norma se interpreta
que pueden reformularse los planes de facilidades de pago vigentes al 6/11/2015
y beneficiarse con las condiciones del nuevo plan. En tal sentido, el artículo
21 de la resolución general (AFIP) 3806 dispone que se genera un nuevo plan de
facilidades de pago con las condiciones que establece dicha resolución.
Dicho beneficio opera en el caso de que todas las obligaciones del plan
original hayan sido reformuladas en el nuevo plan, ya que las obligaciones no
reformuladas mantienen las condiciones del plan original. Por otra parte, debe
tenerse presente que al reformular un plan, el sistema no considerará la
porción de deuda contenida en la cuota con vencimiento en el mes de noviembre de
2015, la cual debe ser cancelada en la fecha de vencimiento fijada
originalmente.
Dicho beneficio opera en el caso de que todas las obligaciones del plan original hayan sido reformuladas en el nuevo plan, ya que las obligaciones no reformuladas mantienen las condiciones del plan original. Por otra parte, debe tenerse presente que al reformular un plan, el sistema no considerará la porción de deuda contenida en la cuota con vencimiento en el mes de noviembre de 2015, la cual debe ser cancelada en la fecha de vencimiento fijada originalmente.
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